sábado, 6 de junio de 2020

HORAS EXTRAS

Según lo que dice la ley el tiempo de las horas extras no pueden exceder de tres horas diarias ni de tres veces a la semana. 

Ejemplo:
UMA: 84.49 x 5 = 420.45 
                             ----> 9 al doble
Horas extras: 11 
                             ----> 2 al triple

Salario diario: 600/8 = 75 c/hrs

1350 - 422.45 = 927.50 + 450 = *
                             ----->675
75 x 9 x 2 = 1350 
                             ------> (Grabadas al 100% del ISR)
75 x 2 x 3 = 450
                   -------------
Horas extras= 1800 *

La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada.

(Un dato que podemos ocupar es el salario mínimo que corresponda)

viernes, 5 de junio de 2020

CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO


Liquidación: Es propiamente una indemnización que se debe pagar al trabajador cuando la responsabilidad de la rescisión recae en el patrón. (Despido)

Incluye:
-Indemnización de 90 días (Art. 50,84 y 89 LFT)
-Prima de antigüedad de 12 días por cada año laborado (Art. 162 LFT)
-20 días de sueldo por cada año trabajado (Art. 50, 84 y 89 LFT)

Finiquito: Es un documento que existe entre una empresa y un trabajador, en el cual el trabajador es liberado de trabajar pero la empresa le tiene que pagar una cantidad de dinero. Siempre y cuando el trabajador estuviese en un puesto fijo (Renuncia). 

Incluye:
-Aguinaldo (Art. 87 LFT)
-Vacaciones (Art. 76 y 79 LFT)
-Prima vacacional (Art. 80 LFT)
-Prima de antigüedad solo si lleva más de 15 años trabajando (Art. 162 LFT)

¿Qué datos se necesitan?
-Fecha de ingreso
-Salario diario
-Ingresos y percepciones
-Adeudos de la empresa
-Fecha de renuncia



HORAS EXTRAS

Según lo que dice la ley el tiempo de las horas extras no pueden exceder de tres horas diarias ni de tres veces a la semana.  Ejemplo: UMA: ...