viernes, 5 de junio de 2020

CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO


Liquidación: Es propiamente una indemnización que se debe pagar al trabajador cuando la responsabilidad de la rescisión recae en el patrón. (Despido)

Incluye:
-Indemnización de 90 días (Art. 50,84 y 89 LFT)
-Prima de antigüedad de 12 días por cada año laborado (Art. 162 LFT)
-20 días de sueldo por cada año trabajado (Art. 50, 84 y 89 LFT)

Finiquito: Es un documento que existe entre una empresa y un trabajador, en el cual el trabajador es liberado de trabajar pero la empresa le tiene que pagar una cantidad de dinero. Siempre y cuando el trabajador estuviese en un puesto fijo (Renuncia). 

Incluye:
-Aguinaldo (Art. 87 LFT)
-Vacaciones (Art. 76 y 79 LFT)
-Prima vacacional (Art. 80 LFT)
-Prima de antigüedad solo si lleva más de 15 años trabajando (Art. 162 LFT)

¿Qué datos se necesitan?
-Fecha de ingreso
-Salario diario
-Ingresos y percepciones
-Adeudos de la empresa
-Fecha de renuncia



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