lunes, 2 de marzo de 2020

¿Cómo opera la pensión?

La pensión de jubilación la pagará el Instituto Nacional de la Seguridad Social para los trabajadores por cuenta ajena en régimen general, en regímenes especiales de la misma Seguridad Social y los que estuvieran cotizando como trabajadores por cuenta propia (autónomos).
Esta pensión será contributiva cuando el trabajador la ha generado con sus cotizaciones a lo largo de su vida laboral, como veremos.
Existen también pensiones no contributivas que se conceden a trabajadores que, llegada determinada edad, no han cotizado lo suficiente para generar una contributiva

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